Títulos: Certificación supletoria provisional del Título oficial (PreTítulo AUTOMATIZADO)
Estudiante
Certificados
Gestión Académica
Iniciar el procedimiento:
Requiere abono de tasas:
No
Documentación adjunta a mi solicitud:
No se requiere
Plazos:
Una vez asignado el número de registro nacional de titulados universitarios oficiales (NRN) y siempre el título no se haya expedido.
Datos generales
Objeto del procedimiento
Permitir al/la egresado/a de Grado y Posgrado obtener una certificación supletoria provisional (AUTOMATIZADA) de su Título oficial (Pretítulo)
Breve descripción del procedimiento
El/la egresado/a que ha superado sus estudios de Grado, Máster o Doctor en la Universidad de Granada, y reúna los requisitos de expedición indicados más abajo, debe seguir los siguientes pasos:
- Iniciar este procedimiento en la sede electrónica.
- Una vez recibida la solicitud, se emite automática e inmediatamente el documento certificado, firmado electrónicamente por el/la Rectora/a de la Universidad de Granada, y se pone a disposición del egresado/a.
MUY IMPORTANTE: La certificación supletoria provisional sustituye al título y gozará de idéntico valor a efectos del ejercicio de los derechos a él inherentes, con una validez de un año desde la fecha de emisión de la certificación, SIEMPRE QUE NO SE HAYA EXPEDIDO EL TÍTULO
Demás datos del procedimiento
Solicitantes
El/la egresado/a de la Universidad de Granada que haya abonado los derechos de expedición de su título de:
- Graduado/a.
- Máster Universtiario o Doctor/a (si la fecha de finalización de los estudios es a partir del 7 de agosto de 2010).
- Tenga asignado el número de registro nacional de titulados universitarios oficiales (NRN).
IMPORTANTE: el pretítulo no se expedirá automáticamente, pero se podrá solicitar en este enlace, en los casos siguientes:
- Duplicados de cualquier título oficial.
- Títulos de Licenciado/a, Diplomado/a, Maestro/a, Arquitecto/a, Ingeniero/a, Arquitecto Técnico/a e Ingeniero Técnico/a (sea cual sea la fecha de finalización de los estudios).
- Títulos de Máster Universitario o de Doctor/a (si la fecha de finalización de los estudios es anterior al 7 de agosto de 2010).
- Títulos de Máster Universitario Eramus Mundus, sea cual se la fecha de fin de estudios.
Requisitos de expedición
La certificación supletoria solo se puede expedir y descargar automáticamente a través de este procedimiento cuando se reúnan estos requisitos:
- Haber solicitado el título y abonado los derechos de expedición correspondientes.
- Tratarse de un título de Graduado/a.
- Tratarse de un título de Máster Universitario o Doctor/a cuyos estudios finalizaron a partir del 7 agosto de 2010.
- Ya se le ha asignado el número de registro nacional de titulados universitarios oficiales (NRN).
- El título NO debe estar expedido aún.
En la Oficinal Virtual, pestaña "Tramitación de Títulos" puede consultar esa información.
Forma de solicitud
Solicitud a través de la sede electrónica de la Universidad de Granada:
- Con certificado digital
- Con usuario y clave web propios de UGR
Normativa Aplicable
- Reglamento (UE) nº 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de julio de 2014 relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior (eIDAS)
- Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (GDPR)
- Ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza
- Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales
- Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
- Estatutos de la Universidad de Granada (Decreto 231/2011, de 12 de julio. BOJA nº147 de 28 de julio de 2011)
- Reglamento de Administración Electrónica de la Universidad de Granada (BOUGR nº 167 de 26 de marzo de 2021)
- Real Decreto 1002/2010, de 5 de agosto, sobre expedición de títulos universitarios oficiales.
- Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad.
Unidad responsable
Servicio de Títulos
Avda. del Hospicio, s/n
Complejo Administrativo Triunfo. Pabellón 7, 1ª planta. 18071 Granada
Teléfono: 958 24 05 65 / 958 24 30 24
Correos electrónicos: titulosugr.es