Permanencia: Solicitud de admisión y matrícula tras abandono por incumplimiento de las Normas de permanencia, para Grado y Máster

Estudiante Acceso, admisión y permanencia

Iniciar el procedimiento:

Requiere abono de tasas:

No

Documentación adjunta a mi solicitud:

Resolución del órgano competente en la que se indicaba la imposibilidad de continuar los estudios por incumplimiento de las condiciones de rendimiento académico mínimo o por haber agotado los plazos de permanencia establecidos en el Reglamento de Permanencia de la UGR.

 

Plazos:

Los plazos administrativos establecidos para el curso académico por el Consejo de Gobierno, publicados en el Calendario académico oficial.

 Para el curso 2024-2025: del 2 al 13 de junio de 2025

 

 

Las solicitudes se resolverán en el plazo de dos meses. Transcurrido dicho plazo se entenderá estimada la solicitud.

Datos generales

Objeto del procedimiento

Facilitar al estudiantado de Grado o Máster la solicitud, por una sola vez, de la admisión en la misma titulación en la que no pudo proseguir sus estudios por incumplimiento de las Normas de Permanencia de la Universidad de Granada.

Breve descripción del procedimiento

Quien desee presentar esta solicitud de admisión debe seguir los siguientes pasos:

  • Iniciar este procedimiento en la sede electrónica para:
    • Rellenar el formulario.
    • Anexar en PDF la resolución del órgano competente en la que se indicaba la imposibilidad de continuar sus estudios.
  • Una vez enviado, se firmarán y puede descargar una copia de su solicitud firmada y registrada electrónicamente.

Su solicitud de admisión será resuelta en el plazo de dos meses, le será notificada la resolución por medios electrónicos.

Demás datos del procedimiento

Solicitantes

Estudiantado de Grado o Máster que, no pudiendo proseguir sus estudios por incumplimiento de las condiciones de rendimiento académico mínimo o por haber agotado los plazos de permanencia establecidos en Reglamento de Permanencia de la UGR, desea acogerse a alguna de las siguientes situaciones:
1. A lo establecido en el artículo 8.1 del Reglamento de Permanencia tras haber transcurrido al menos tres cursos académicos desde el momento de la resolución del órgano competente.
2. A lo establecido en el artículo 8.2 del Reglamento de Permanencia tras haber transcurrido al menos dos cursos académicos desde el momento de la resolución del órgano competente.

Forma de solicitud

Solicitud a través de la sede electrónica de la Universidad de Granada:

  • Con certificado digital
  • Con usuario y clave de acceso identificado de UGR

Recursos

Contra las Resoluciones, las personas interesadas podrán presentar recurso potestativo de reposición ante el/la Rector/a de la Universidad de Granada, cuya resolución agotará la vía administrativa.

Normativa Aplicable

Unidad responsable

Servicio de Acceso, Admisión y Permanencia

COMPLEJO ADMINISTRATIVO TRIUNFO
Avenida del Hospicio, S/N.
958 24 30 23 (Fax: 958 24 30 26)
saapugr.es