Obligatoriamente y debidamente cumplimentado el modelo de solicitud de conciliación POD.
Según corresponda:
-Acreditación de la jornada laboral coincidente del otro progenitor/a
-Acreditación de la situación de dependencia
-Acreditación de situación de discapacidad de la persona descendiente o ascendiente
Salvo que no autorice su consulta a la UGR:
-Acreditación de la vinculación familiar o guarda legal
Plazos:
Desde el 30 de abril hasta el 10 de mayo de 2024.
Facilitar la solicitud de conciliación corresponsable para la adecuación de horarios docentes del PDI de la UGR.
La persona solicitante deberá seguir los siguientes pasos:
La Vicerrectora de Igualdad, Inclusión y Compromiso Social acreditará el cumplimiento de los requisitos exigidos emitiendo una acreditación que será enviada tanto a la persona solicitante como a la Dirección del Departamento correspondiente.
La petición se resolverá por la Dirección del Departamento al que se encuentre adstrito el/la docente.
Personal docente e investigador de la Universidad de Granada.
Solicitud a través de la sede electrónica de la Universidad de Granada:
Tendrán preferencia en la elección de horarios las personas del PDI que se encuentren en los siguientes supuestos:
a) El PDI que tenga a su cuidado directo algún/alguna menor de hasta doce años, siempre que acredite que la persona solicitante es la única responsable del cuidado de la persona menor o que el otro progenitor/a tiene una jornada laboral coincidente y no disfruta de ningún tipo de adaptación horaria por el mismo motivo. O que la persona solicitante tiene la custodia no compartida de ese menor. La familia numerosa con hijos menores de seis años no tendrá que cumplir este último requisito.
b) El PDI que tenga a su cuidado directo algún/alguna descendiente o ascendiente en primer grado con discapacidad física, psíquica o sensorial igual o superior al 50%, siempre que dicha discapacidad esté acreditada por órgano competente y la persona a cuidar no desempeñe actividades retribuidas.
c) El PDI que conviva en el mismo domicilio y tenga a su cuidado directo algún/alguna descendiente o ascendiente en primer grado, cónyuge o pareja de hecho en situación de dependencia, acreditada por órgano competente. En cualquier caso, se tendrá en cuenta la existencia de recurso asignado y el horario de este.
Documentación acreditativa en cada uno de los supuestos:
Toda la documentación acreditativa que no sea aportada por la persona interesada, bien por manifestar la veracidad de su contenido en la declaración responsable, o por autorizar a la Universidad de Granada su consulta en el formulario de solicitud, deberá estar a disposición de la administración en caso de serle requerida.
La resolución del Director/a del Departamento podrá ser recurrida en alzada ante el Rector de la Universidad de Granada.
Vicerrectorado de Igualdad, Inclusión y Compromiso Social - Departamentos
Complejo Administrativo Triunfo. Avda. del Hospicio, S/N
18071 Granada