Traslados de estudiantes UGR: traslado de expediente a otra universidad española
Estudiante
Acceso, admisión y permanencia
Gestión Académica
Iniciar el procedimiento:
Requiere abono de tasas:
Sí, los establecidos en el Decreto por el que se determinan los precios públicos por servicios académicos para el curso académico vigente.
Podrán ser objeto de exención según la normativa vigente (familia numerosa, discapacidad, víctimas de terrorismo o de violencia de género).
Documentación adjunta a mi solicitud:
- Carta de admisión o resguardo de matrícula en la Universidad de destino.
Plazos:
Desde el momento en que tiene concedida su admisión en la Universidad de destino.
Datos generales
Objeto del procedimiento
Facilitar el traslado del expediente académico a otra universidad española a quien tenga realizados estudios parciales de Grado/Máster en la UGR.
Breve descripción del procedimiento
El estudiantado que haya obtenido plaza en otra universidad española debe solicitar el traslado de su expediente académico. Para ello debe seguir los siguientes pasos en la sede electrónica de la Universidad de Granada:
- Seleccionar como destinatario de su solicitud el centro académico en el que se encuentra realizando los estudios; desde ese centro se remitirá su expediente a la universidad de destino.
- Aportar la documentación requerida (Admisión, Documentación justificativa,...)
- La Secretaría del centro responsable de los estudios que ha realizado le emitirá el documento de la carta de pago correspondiente, salvo en los casos debidamente justificados de exención de precios públicos.
- La persona solicitante recibirá esa carta a través de notificación electrónica y, tras proceder a su pago, deberá remitir el justificante del mismo, en formato PDF, a través de la misma plataforma de notificaciones (Hermes).
- El procedimiento finaliza de forma interna con la remisión del extracto del expediente académico y la documentación adicional, si la hubiera, acreditativa de otros estudios universitarios previos y de las pruebas de acceso a la Universidad, al centro académico donde se va a trasladar el estudiante. Esta remisión del expediente no se podrá realizar si no se ha recibido en el centro de origen el justificante de pago.
Si por el motivo que sea su matrícula es anulada, desiste de la misma o cambia de centro y/o universidad, debe comunicarlo al centro en UGR destinatario de su solicitud, para anular el traslado o enviarlo a otro centro, si es el caso, evitando molestias en el futuro.
Demás datos del procedimiento
Solicitantes
Cualquier persona que haya cursado estudios universitarios parciales o curse estudios oficiales en la Universidad de Granada y que desee:
- Continuarlos en otra Universidad española y reuna los requisitos académicos necesarios para optar al traslado.
Forma de solicitud
Solicitud a través de la sede electrónica de la Universidad de Granada:
- Con certificado digital
- Con usuario y clave universitarios
Las notificaciones se realizarán a través de la plataforma web de notificaciones Hermes de la Universidad de Granada.
Normativa Aplicable
- Reglamento (UE) nº 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de julio de 2014 relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior (eIDAS)
- Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (GDPR)
- Ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza
- Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales
- Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
- Estatutos de la Universidad de Granada (Decreto 231/2011, de 12 de julio. BOJA nº147 de 28 de julio de 2011)
- Reglamento de Administración Electrónica de la Universidad de Granada (BOUGR nº 167 de 26 de marzo de 2021)
Unidad responsable
Secretarías de los Centros Académicos.