Gestión Académica: Solicitud de reconocimiento de créditos en Máster

Estudiante Gestión Académica

Iniciar el procedimiento:

Requiere abono de tasas:

Se abonará el treinta por ciento (30%) de los precios públicos y tasas correspondientes, salvo en los supuestos de excepción aprobados por la Universidad de Granada.

Documentación adjunta a mi solicitud:

Debe adjuntar cumplimentado obligatoriamente el siguiente modelo de documento:

Datos para la solicitud de reconocimiento de créditos, formato PDF

Y otra documentación requerida, según el caso (instrucciones en este documento). También en PDF.

(No los firme previamente. Serán firmados en sede electrónica en el momento de su envío)

Plazos:

Los plazos administrativos establecidos para el curso académico por el Consejo de Gobierno, publicados en el Calendario académico oficial.

Datos generales

Objeto del procedimiento

Facilitar al estudiantado de Máster la presentación electrónica de una solicitud de reconocimiento de créditos.

Breve descripción del procedimiento

El/la estudiante de Máster universitario debe seguir los siguientes pasos:

Iniciar este procedimiento en la sede electrónica, pudiendo acceder bien con certificado digital o bien con las claves de acceso identificado.

  • Rellenar el formulario.
  • Anexar cumplimentado el documento “Reconocimiento de créditos”.
  • Anexar el resto de documentación necesaria según el caso (ver enlace adjunto en Documentación).
  • Una vez enviado, se firmarán automáticamente y puede descargar una copia de su solicitud firmada y registrada electrónicamente.

Recibida la solicitud se remitirá a la Comisión Académica del Máster para que emita informe preceptivo, que será notificado electrónicamente.

Plazo máximo de resolución: 3 meses

Silencio administrativo: negativo

Demás datos del procedimiento

Solicitantes

Estudiantado de Máster en la Universidad de Granada

Requisitos y condiciones

Podrán ser objeto de reconocimiento los créditos obtenidos en unas enseñanzas oficiales o los cursados en otras enseñanzas superiores oficiales o en enseñanzas universitarias conducentes a la obtención de otros títulos, a los que se refiere el artículo 34.1 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.

La experiencia laboral y profesional acreditada podrá ser también reconocida en forma de créditos que computarán a efectos de la obtención de un título oficial, siempre que dicha experiencia esté relacionada con las competencias inherentes a dicho título.

El número de créditos a reconocer por la realización de cursos de enseñanzas universitarias no oficiales y/o experiencia profesional laboral no podrá ser superior, en su conjunto, al 15 por ciento del total de créditos que  constituyen del Máster. En todo caso no podrán ser objeto de reconocimiento los créditos correspondientes a los trabajos fin de máster.

IMPORTANTE: si es becario/a de Ministerio de Educación debe tener en cuenta lo establecido en la convocatoria, ya que puede suponer la denegación de la beca: En ningún caso entrarán a formar parte de los mínimos a que se refiere este artículo los créditos correspondientes a distintas especialidades o que superen los necesarios para la obtención del título correspondiente, ni las asignaturas o créditos convalidados, adaptados o reconocidos.

Plazo de resolución.

El órgano competente deberá resolver en el plazo máximo de tres meses a contar desde la finalización del plazo de solicitud. Transcurrido dicho plazo se entenderá estimada la solicitud.

Recursos

La persona interesada podrá presentar recurso de alzada ante el/la rector/a de la Universidad de Granada, cuya resolución agotará la vía administrativa.

Normativa Aplicable

  • Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales
  • Normativa reguladora de los estudios de máster universitario en la Universidad de Granada (Aprobada en el Consejo de Gobierno de la UGR de 18 de mayo de 2015 y modificada por Consejo de Gobierno de 31 de enero de 2018)
  • Calendario de plazos y periodos académicos y administrativos de los títulos de Grado, Máster Universitario del curso académico vigente
  • Texto consolidado del Reglamento de Gestión Académica de la Universidad de Granada.

Unidad responsable

Escuela Internacional de Posgrado.