Gestión Académica: Solicitud de convocatoria especial
Estudiante
Gestión Académica
Iniciar el procedimiento:
Plazos:
Los plazos administrativos establecidos para el curso académico por el Consejo de Gobierno, publicados en el Calendario académico oficial.
Datos generales
Objeto del procedimiento
Facilitar al estudiantado la presentación electrónica de la solicitud para concurrir a la convocatoria de evaluación especial.
Breve descripción del procedimiento
La persona solicitante inicia el procedimiento desde la Sede electrónica de la Universidad de Granada.
La solicitud llega a la Secretaría del Centro que revisa los datos y el cumplimiento con los requisitos establecidos en la normativa de aplicación.
El personal de la Secretaría del Centro procede, en su caso, a la comunicación con el solicitante indicando el sentido de su solicitud.
Demás datos del procedimiento
Solicitantes
Cualquier estudiante de la Universidad de Granada que cumpla con los requisitos administrativos y académicos especificados en la normativa aplicable.
Requisitos
El estudiantado que desee solicitar la convocatoria especial de alguna asignatura deberá:
- Estar matriculado en el curso actual de la asignatura para la que solicita el examen y estar al corriente de los pagos asociados a la matrícula.
- Haber estado matriculado en cursos anteriores de la misma y se encuentre en algunos de los siguientes supuestos:
- Estudiantes de Grado a los que les falte para finalizar sus estudios un número máximo de 30 créditos, sin tener en cuenta en este cómputo el trabajo de fin de Grado.
- Estudiantes de Másteres a los que les falte para finalizar sus estudios dos asignaturas, sin tener en cuenta en este cómputo el trabajo de fin de Máster.
- Esta convocatoria especial estará sujeta a lo recogido en la Guía Docente de la asignatura vigente en el curso anterior.
- En caso de no superar la asignatura en esta convocatoria especial, el estudiante dispondrá solo de una de las dos convocatorias restantes.
A efectos de que aquellos estudiantes que cumplan los requisitos para matricular el Trabajo Fin de Grado puedan acogerse a la convocatoria especial dentro de las fechas establecidas anualmente en el Calendario Académico, la Comisión Académica acuerda que no les será exigible el requisito de haber estado matriculados en cursos anteriores de dicha materia para la aplicación del artículo 21.1 de la Normativa de Evaluación y de Calificación de los Estudiantes de la Universidad de Granada.
Normativa Aplicable
- Reglamento (UE) nº 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de julio de 2014 relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior (eIDAS)
- Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (GDPR)
- Ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza
- Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales
- Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
- Estatutos de la Universidad de Granada (Decreto 231/2011, de 12 de julio. BOJA nº147 de 28 de julio de 2011)
- Reglamento de Administración Electrónica de la Universidad de Granada (BOUGR nº 167 de 26 de marzo de 2021)
Unidad responsable
Secretarías de los Centros Académicos.