Gestión Académica: Modificación de la ordenación docente del departamento
PDI
Gestión Académica
Iniciar el procedimiento:
Requiere abono de tasas:
No
Documentación adjunta a mi solicitud:
1. Obligatoriamente y debidamente cumplimentado el impreso de modificación cumplimentado.
2. Justificación de la modificación solicitada.
Plazos:
En cualquier momento.
Datos generales
Objeto del procedimiento
Facilitar la inclusión en las bases de datos institucionales de modificaciones de las ordenaciones docentes de departamentos producidas por bajas del PDI u otras incidencias docentes, una vez acabado el plazo establecido en el POD del curso en vigor
Breve descripción del procedimiento
La persona solicitante deberá seguir los siguientes pasos:
- Iniciar este procedimiento en la sede electrónica:
- Anexar obligatoria y debidamente cumplimentado el impreso de modificación cumplimentado.
- Anexar la documentación justificativa de la modificación solicitada.
- Una vez enviada, su solicitud será automáticamente firmada y registrada electrónicamente y podrá descargarse su copia.
Demás datos del procedimiento
Solicitantes
Departamentos de la Universidad de Granada.
Forma de solicitud
Solicitud a través de la sede electrónica de la Universidad de Granada:
- Con certificado digital
- Con usuario y clave web propios de UGR
Otra información asociada al procedimiento
La dirección y la administración de los departamentos mantendrán actualizada la información relativa al POD en la aplicación informática de Ordenación Académica, de forma que queden registradas las incidencias o alteraciones en la actividad docente que se produzcan a lo largo del curso.
Las modificaciones docentes deben ser aprobadas por los consejos de departamento o, excepcionalmente cuando no fuera posible, por las juntas de dirección.
Una vez finalizado el plazo establecido en el Calendario de Organización Docente, solo se podrá modificar la organización docente con la autorización expresa del Vicerrectorado con competencia en ordenación académica y siempre que se justifique oportuna y totalmente.
Tras autorizar los cambios, el Servicio de Ordenación Académica los incluirá en las bases de datos institucionales de la UGR y el departamento dará traslado de ellos al centro implicado.
Plazo de resolución
Cinco días hábiles
Normativa Aplicable
- Reglamento (UE) nº 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de julio de 2014 relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior (eIDAS)
- Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (GDPR)
- Ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza
- Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales
- Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
- Estatutos de la Universidad de Granada (Decreto 231/2011, de 12 de julio. BOJA nº147 de 28 de julio de 2011)
- Reglamento de Administración Electrónica de la Universidad de Granada (BOUGR nº 167 de 26 de marzo de 2021)
- Plan de Ordenación Docente del curso vigente
Unidad responsable
Servicio de Ordenación Académica
Hospital Real. Avda. del Hospicio, s/n
18071 – Granada
958 24 85 54
voapugr.es