La que considere oportuna, en formato PDF, para fundamentar su reclamación o renuncia.
Plazos:Los establecidos en el calendario electoral para la presentación de reclamaciones.
Permitir presentar reclamación o renuncia a la proclamación provisional de candidatos electos a Rector/a.
El Personal Docente e Investigador que como mínimo cumpla con los requisitos establecidos en el punto 3 de la Disposición Transitoria Primera de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, publicada en BOE el 23 de marzo de 2023, puede presentar reclamación o renuncia contra la proclamación provisional de candidatos electos a Rector/a a través de la sede electrónica.
El procedimiento finalizará mediante la publicación de la proclamación definitiva de candidaturas electas, la cual sustituirá a la notificación a las personas interesadas, surtiendo sus mismos efectos. No obstante lo anterior, serán objeto de notificación los actos administrativos que desestimen total o parcialmente las reclamaciones interpuestas contra la proclamación provisional de candidatos electos.
Ser Personal Docente e Investigador de la Universidad de Granada y, hasta que se produzca la adaptación de los Estatutos a lo establecido en el articulo 51.1 de la LOSU, tener como mínimo (Disposición Transitoria primera – punto 3):
- tres sexenios de investigación
- tres quinquenios docentes
- cuatro años de experiencia de gestión universitaria en algún cargo unipersonal
La comprobación del requisito de tener “cuatro años de experiencia de gestión universitaria en algún cargo unipersonal” la realizará Secretaria General una vez presentada la candidatura.
Solicitud a través de la sede electrónica de la Universidad de Granada: