Iniciar el procedimiento:
Requiere abono de tasas:
Sí, los establecidos en el Decreto por el que se determinan los precios públicos por servicios académicos para el curso académico vigente.
Podrán ser objeto de exención según la normativa vigente (familia numerosa, discapacidad, víctimas de terrorismo o de violencia de género).
Documentación adjunta a mi solicitud:
Debe adjuntar cumplimentado:
- Obligatoriamente el modelo de solicitud de título propio .
- Justificante del pago, en PDF, de los derechos de expedición del título propio.
- Documento de identidad, en PDF, en el caso de que lo haya aportado en otro momento y se encuentre caducado.
- Para los no nacionales, copia del pasaporte o documento de identidad, en PDF, en el que conste la fecha y lugar de nacimiento (no es suficiente que aparezca solo el país); si no aparecen esos datos en el documento de identidad, deberá declararlos en el modelo de solicitud del título propio.
(No los firme previamente. Serán firmados en sede electrónica en el momento de su envío)
Plazos:
A partir del momento en el solicitante reúna los requisitos académicos y administrativos establecidos en el plan de estudios del título propio.
Datos generales
Objeto del procedimiento
Permitir al estudiantado de una enseñanza propia de UGR solicitar la expedición de su título propio a la Escuela Internacional de Posgrado.
Breve descripción del procedimiento
El estudiante que ha superado una formación propia de UGR debe seguir los siguientes pasos:
- Iniciar este procedimiento en la sede electrónica:
- Revisar y cumplimentar el formulario de la sede electrónica.
- Anexar obligatoriamente y debidamente cumplimentado el modelo Solicitud de título propio.
- Anexar, en su caso, copia del documento de identidad en PDF.
- Una vez enviado, se firmarán y puede descargar una copia de su solicitud firmada y registrada electrónicamente.
En la Escuela Internacional de Posgrado (Servicio de Títulos Propios) se realizarán las comprobaciones pertinentes. Le enviarán al estudiante una notificación electrónica con indicaciones sobre la carta de pago correspondiente.
Tras proceder al pago, el estudiante deberá remitir en formato PDF el justificante del mismo, junto a la copia de su documento de identidad -en el caso que se le haya requerido- a través de la misma plataforma de notificaciones, Hermes.
La Escuela Internacional de Posgrado le enviará, a través de Hermes, un certificado provisional del título hasta tanto no sea emitido el título definitivo.
Finalmente, el Servicio de Títulos Propios le comunicará, en su momento, el procedimiento de retirada del título definitivo.
Demás datos del procedimiento
Forma de solicitud
Solicitud a través de la sede electrónica de la Universidad de Granada (UGR):
- Con certificado digital válido y reconocido por @firma en España
- Con usuario y contraseña web propias de UGR
- Cuenta temporal de acceso a la sede electrónica UGR
La cuenta temporal se facilitará exclusivamente a aquellas personas que, por no ser nacionales o residentes en España, carezcan de los medios de identificación (DNI o NIE) que la Ley 39/2015, de 1 de octubre de 2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas de España, establece para relacionarse por medios electrónicos con las administraciones públicas españolas. Toda aquella persona que esté en posesión de DNI o NIE cumple los requisitos para obtener un certificado digital válido, por ejemplo el certificado de persona física de la FNMT, por lo que no se crearán cuentas temporales a estas personas.
Pasos a seguir para solicitar una cuenta temporal de acceso a la sede electrónica:
- Debe escribir a eadmin@ugr.es solicitando una cuenta temporal de acceso a sede electrónica UGR. Puede aportar también este documento y datos:
- Video corto mostrando su rostro junto con su documento de identificación bien visibles.
- Número de identificación (pasaporte), nombre y apellidos completos, qué estudios desea solicitar a UGR y en qué centro de estudios (Facultad, Escuela).
- Atienda y responda a las indicaciones que se le puedan remitir por correo electrónico, sobre todo, de aporte de información o documentación necesaria.
- Cuando se le cree su cuenta de acceso temporal (usuario y clave) recibirá un correo electrónico de confirmación.
- Debe solicitar la creación de la cuenta temporal con una antelación mínima de 3 días hábiles antes de la finalización del plazo de solicitud abierto; en caso contrario, UGR no le puede garantizar la creación de su cuenta temporal.
Solicitantes
Estudiantado y ex-estudiantado que ha superado los requisitos académicos y administrativos de una enseñanza propia de UGR.
OJO: No está destinado a solicitar títulos de enseñanzas oficiales (grado o máster) de UGR, para lo que existe otro procedimiento de solicitud en esta sede electrónica.
Normativa Aplicable
- Reglamento (UE) nº 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de julio de 2014 relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior (eIDAS)
- Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (GDPR)
- Ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza
- Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales
- Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
- Estatutos de la Universidad de Granada (Decreto 231/2011, de 12 de julio. BOJA nº147 de 28 de julio de 2011)
- Reglamento de Administración Electrónica de la Universidad de Granada (BOUGR nº 167 de 26 de marzo de 2021)
- Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad.
- Normativa reguladora de las Enseñanzas Propias de la Universidad de Granada, aprobada por Aprobada en Consejo de Gobierno de 19 de julio de 2013 (modificada el 17 de diciembre de 2014 y el 28 de marzo de 2022).
- Decreto por el que se determinan los precios públicos, de las universidades públicas de Andalucía, por la prestación de servicios académicos y administrativos vigente.
Unidad responsable
Servicio de Títulos Propios
Escuela Internacional de Posgrado
Avda. Madrid 13, 18071, Granada
Correo electrónico: eppropiosugr.es