Premios a la iniciativa en la gestión del PTGAS
PTGAS
Becas y ayudas
Gestión de Personal
Iniciar el procedimiento:
Requiere abono de tasas:
No
Documentación adjunta a mi solicitud:
Debe incorporarse obligatoriamente un documento en formato PDF con el desarrollo de la iniciativa o propuesta que presenta, que cumpla con los requisitos establecidos en la convocatoria.
(No los firme previamente. Serán firmados, en su caso, y registrados en sede electrónica en el momento de su envío)
Plazos:
Desde el 15 de noviembre de 2024 hasta el 31 de enero de 2025.
Datos generales
Objeto del procedimiento
Facilitar al PTGAS de la UGR la presentación de la solicitud de participación en los premios a la iniciativa en la gestión del PTGAS.
Breve descripción del procedimiento
La persona interesada en solicitar la participación en estos premios, deberá:
- Iniciar este procedimiento en la sede electrónica (Premios a la iniciativa en la gestión del PTGAS):
- Revisar los datos que aparecen en el formulario de solicitud de la sede electrónica.
- Marcar la modalidad en la que se participa:
- Modalidad A: para propuestas o iniciativas no desarrolladas.
- Modalidad B: iniciativas ya implementadas.
- Marcar la declaración de originalidad, con la que el firmante asume la originalidad de la iniciativa o propuesta en nombre propio y del resto de los solicitantes.
- Rellenar el campo de texto habilitado al efecto indicando el nombre o lema de la iniciativa o propuesta planteada.
- Anexar obligatoriamente un documento en formato PDF que describa la iniciativa que se presenta.
- Una vez enviada, se firmarán automáticamente y puede descargar una copia de su solicitud firmada y registrada electrónicamente.
Demás datos del procedimiento
Solicitantes
- Para la Modalidad A, podrán participar en estos premios cualquier persona que forme parte del PTGAS de la Universidad de Granada, excepto quienes ocupen puestos de libre designación, eventuales o clasificados de asesoramiento y/o confianza. La participación puede ser individual o en grupo, siendo el número máximo de participantes de dos personas por grupo. Se podrán formar grupos con más de dos personas siempre que se justifique el motivo en la solicitud. Una misma persona o grupo podrá presentar varias iniciativas.
- Para la Modalidad B, la propuesta podrá venir solicitada por cualquier persona o grupo de personas, pertenecientes a una o varias unidad orgánica, centro o servicio. En este caso, la Comisión Evaluadora comprobará que la propuesta incluye a todas las personas y unidades que han participado en la implementación del Proyecto.
Forma de solicitud
Solicitud a través de la sede electrónica de la Universidad de Granada:
- Con certificado digital
- Con usuario y clave web propios de UGR
Las notificaciones se realizarán electrónicamente a través del sistema Hermes de la Universidad de Granada.
Información Adicional
El documento que contiene el proyecto:
- NO debe incluir ninguna identificación de su/s persona/s autora/s para garantizar el anonimato en su evaluación ni figurará ningún dato personal, salvo la indicación del nombre o lema de la iniciativa o propuesta.
- Deberá cumplir el resto de requisitos establecidos en las bases de la convocatoria.
Finalizado el plazo de presentación, se publicará en la web de la UCIP la relación de propuestas admitidas. La Comisión Evaluadora se reunirá para valorar los proyectos e iniciativas que cumplan con lo establecido en las bases de la convocatoria. Posteriormente, la comisión elevará su propuesta a la Vicerrectora de Calidad, Innovación Docente y Estudios de Grado, que procederá mediante resolución, a realizar la concesión definitiva o, en su caso, a declarar desierta la o las modalidades que no reunieran los méritos suficientes.
La publicación de la resolución se hará en un plazo máximo de 3 meses desde la fecha de finalización de la presentación de solicitudes.
El fallo de la Comisión Evaluadora será notificado a las personas premiadas y publicado en la web del Vicerrectorado de Calidad, Innovación Docente y Estudios de Grado de la Universidad de Granada.
Recurso posible
No cabrá recurso alguno contra la resolución definitiva de estos premios.
Normativa Aplicable
- Reglamento (UE) nº 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de julio de 2014 relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior (eIDAS)
- Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (GDPR)
- Ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza
- Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales
- Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
- Estatutos de la Universidad de Granada (Decreto 231/2011, de 12 de julio. BOJA nº147 de 28 de julio de 2011)
- Reglamento de Administración Electrónica de la Universidad de Granada (BOUGR nº 167 de 26 de marzo de 2021)
Unidad responsable
Unidad de Calidad, Innovación Docente y Estudios de Grado
Complejo Administrativo Triunfo, Avda. del Hospicio, s/n
18071 Granada
Correo electrónico: calidadserviciosugr.es