Iniciar el procedimiento:
Requiere abono de tasas:
No
Documentación adjunta a mi solicitud:
Se deberá adjuntar en formato PDF la documentación que haya sido solicitada por la Oficina de Relaciones Internacionales en relación con la condición alegada por el participante.
(No la firme previamente. Será firmada y registrada en sede electrónica en el momento de su envío)
Plazos:
La documentación acreditativa deberá presentarse antes de la realización de la movilidad Erasmus+.
Datos generales
Objeto del procedimiento
Facilitar al estudiantado de la UGR con plaza de movilidad internacional la presentación de documentación relacionada con ayudas específicas para participantes de menos oportunidades en convocatorias con financiación de Programa Erasmus+.
Breve descripción del procedimiento
La persona interesada que desea acreditar que cumple las condiciones para percibir la ayuda específica Erasmus+ para participantes con menos oportunidades en relación con ayudas o plazas de movilidad internacional en convocatorias del Vicerrectorado de Internacionalización, deberá:
- Iniciar este procedimiento en la sede electrónica (Movilidad Internacional: Perfil con Menos Oportunidades e Inclusión).
- Revisar y cumplimentar los datos que aparecen en el formulario web indicando:
- El curso académico de disfrute de la ayuda o plaza.
- Nombre o código, en su caso, de la convocatoria a la que presenta la solicitud, escrito o documentación.
- Anexar la documentación en PDF que proceda.
Una vez enviadas, se firmarán y podrá descargar una copia de su solicitud firmada y registrada electrónicamente.
Las resoluciones de los procedimientos selectivos y de concurrencia competitiva (en su caso, de solicitudes admitidas, excluidas, seleccionadas, suplentes, etc.) se publicarán en la web del Vicerrectorado de Internacionalización, surtiendo dicha publicación los efectos de la notificación.
Demás datos del procedimiento
Quién lo puede solicitar
Estudiantes de la UGR con una plaza de movilidad internacional Erasmus+ gestionada por la Oficina de Relaciones Internacionales que cumplen condiciones para ser considerados participantes de menos oportunidades.
No deberán presentar documentación adicional estudiantes becarios (MEC o País Vasco), estudiantes matriculados en los Campus de Ceuta y Melilla o estudiantes de grado pertenecientes a familia numerosa (estas condiciones se recogen automáticamente de la matrícula del estudiante y no necesitan comprobación adicional).
Información Adicional
En las convocatorias con financiación del Programa Erasmus+, se contempla financiación específica para participantes con menos oportunidades y apoyo a inclusión para participantes con problemas de salud.
Los participantes que reúnen las condiciones para recibir la financiación adicional deberán acreditar la situación que les da derecho a la financiación específica. Si la condición no figura en su matrícula y los datos no pueden ser comprobados en las bases de datos de la UGR, cada participante deberá presentar la documentación justificativa con anterioridad a su estancia para que se evalúe la condición alegada por el Servicio de Asistencia Estudiantil, y se revisen las condiciones de financiación de aplicación a la movilidad del participante.
Entre las condiciones a justificar pueden encontrarse las siguientes:
- Tener reconocida y calificada legalmente una discapacidad en grado igual o superior al 33 por ciento, o un grado de discapacidad equivalente, en el caso de estudiantes extranjeros.
- Ser víctima de terrorismo o de violencia de género.
- Estar en situación de orfandad.
- Tener acreditada una necesidad específica de apoyo educativo (NEAE) o tener condiciones de salud (médico y/o psicológicas) que generen la necesidad de apoyo adicional para realizar la movilidad.
- Percibir la unidad familiar una prestación de Ingreso mínimo vital / Renta Mínima de Inserción o cualquier otra prestación de igual o similar naturaleza, según la denominación adoptada en cada Comunidad Autónoma.
- Encontrarse en una situación de dependencia acreditada o con personas dependientes a cargo.
- Tener un contrato de trabajo a tiempo completo
- Tener la condición de refugiado o con derecho a protección subsidiaria o haber presentado solicitud de protección internacional en España, o en otro país, en caso de participantes entrantes.
- Estar en situación o en riesgo de exclusión social acreditada.
- Encontrarse en una situación de especial necesidad y emergencia social (Ej.: Familias cuya economía haya podido quedar afectada por catástrofes naturales o de otro tipo)
- Estudiantes de familias numerosas
Normativa Aplicable
- Reglamento (UE) nº 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de julio de 2014 relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior (eIDAS)
- Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (GDPR)
- Ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza
- Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales
- Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
- Estatutos de la Universidad de Granada (Decreto 231/2011, de 12 de julio. BOJA nº147 de 28 de julio de 2011)
- Reglamento de Administración Electrónica de la Universidad de Granada (BOUGR nº 167 de 26 de marzo de 2021)
- Bases de la convocatoria correspondiente.
Unidad responsable
Vicerrectorado de Internacionalización. Oficina de Relaciones Internacionales.
Complejo Administrativo Triunfo,
Avenida del Hospicio s/n. 18071 GRANADA.
Tel.: +34 958 249 030. Fax.: +34 958 243 009.
intlinfougr.es