Modificación/alta de cuenta bancaria
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Procedimientos Generales
Iniciar el procedimiento:
Requiere abono de tasas:
No
Documentación adjunta a mi solicitud:
La requerida según el asunto/motivo del cambio/alta de cuenta.
Plazos:
En cualquier momento
Datos generales
Objeto del procedimiento
Tramitar de la solicitud presentada por la persona interesada, para que se modifique o dé de alta un número de cuenta bancaria suyo, a los efectos que indique.
Breve descripción del procedimiento
El procedimiento comienza con la presentación de la solicitud en sede electrónica UGR, donde, entre otros datos, se elige el motivo del cambio/alta.
La unidad administrativa destinataria de su solicitud puede requerirle, en su caso, alguna subsanación. Se le realizará mediante notificación electrónica (HERMES)
Tras la tramitación de la solicitud, el resultado de la misma puede ser favorable, procediendo al cambio de cuenta, o desfavorable.
Demás datos del procedimiento
Solicitantes
Alumnado, PAS, PDI o Proveedor.
Requisitos
La persona/empresa solicitante debe constar registrada previamente en UGR.
Cómo lo puede solicitar el usuario y cómo responde la UGR
Normativa Aplicable
- Reglamento (UE) nº 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de julio de 2014 relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior (eIDAS)
- Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (GDPR)
- Ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza
- Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales
- Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
- Estatutos de la Universidad de Granada (Decreto 231/2011, de 12 de julio. BOJA nº147 de 28 de julio de 2011)
- Reglamento de Administración Electrónica de la Universidad de Granada (BOUGR nº 167 de 26 de marzo de 2021)
- Normas de Ejecución del Presupuesto de la Universidad de Granada del año en curso.
Unidad responsable
Vicerrectorado, Unidad, Servicio, Centro o Departamento competente.
Universidad de Granada
18071 Granada
https://www.ugr.es