Concursos a plazas docentes de profesorado contratado no permanente: Acreditación de méritos

Ciudadano Estudiante PTGAS PDI Gestión de Personal

Iniciar el procedimiento:

Requiere abono de tasas:

Este procedimiento de acreditación, no.

Pero sí requiere abono de tasas aquel en el que realiza su solicitud de inscripción, según lo publicado en las Bases de su Convocatoria, por derechos de examen.

Documentación adjunta a mi solicitud:

Aquellos documentos acreditativos (normalmente, el Curriculum) indicados en las bases de su convocatoria.

Plazos:

10 días hábiles a partir del siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial correspondiente.

En tal plazo debe acreditar sus méritos mediante este procedimiento y presentar su solicitud de inscripción.

Datos generales

Objeto del procedimiento

Procedimiento que permite acreditar y baremar méritos durante el proceso de admisión a Concursos para plazas docentes en UGR, de Profesorado Contratado no permanente

Breve descripción del procedimiento

Procedimiento que permite acreditar méritos, como paso previo a la inscripción a los concursos de plazas para Profesorado Contratado no permanente:

  • Profesorado ayudante doctor
  • Profesorado asociado
  • Profesorado asociado de ciencias de la salud
  • Profesorado sustituto interino

Se accede a una aplicación web específica para aportar los documentos acreditativos necesarios y autobaremarse (puntuarse) en cada requisito exigido en convocatoria.

Una vez se inicia este procedimiento en la sede.ugr.es, se podrá elegir entre los concursos con plazo de inscripción abierto.

Por cada plaza en que desea inscribirse, una vez completada la información/documentación acreditativa, deberá descargar y conservar el documento resumen final (en PDF) que genera la aplicación. Ese documento resumen deberá adjuntarlo posteriormente en la SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN, que deberá realizar, en plazo y para la plaza correspondiente, para completar el proceso de inscripción.

Sin la correspondiente Solicitud de Inscripción no podrá participar en el Concurso, aunque haya realizado la acreditación de méritos por este procedimiento.

(Puede encontrar más información de cada proceso particular en la web serviciopdi.ugr.es)

Demás datos del procedimiento

Requisitos Administrativos

Poseer los requisitos establecidos en las Bases de su Convocatoria en el último día de plazo de presentación de solicitudes.

Forma de solicitud

Solicitud a través de la sede electrónica de la Universidad de Granada (UGR):

  • Con certificado digital
  • Con usuario y clave web propios de UGR
  • Cuenta temporal de acceso a la sede electrónica UGR

---

La cuenta temporal se facilitará exclusivamente a aquellas personas que, por no ser nacionales o residentes en España, carezcan de los medios de identificación (sin DNI ni NIE) que la legislación* española establece para relacionarse por medios electrónicos con las administraciones públicas españolas. Toda aquella persona que esté en posesión de DNI o NIE cumple los requisitos para obtener un certificado digital válido, por ejemplo el certificado de persona física de la FNMT, por lo que no se le creará cuenta temporal.

Pasos a seguir en casos con derecho: 

  1. Debe escribir a eadmin@ugr.es solicitando una cuenta temporal de acceso a sede electrónica UGR. Debe aportar también este documento y datos:
    1. Video corto mostrando su rostro junto con su documento de identificación bien visibles. En fichero ZIP y tamaño menor de 4MB**.
    2. Número de identificación (pasaporte), nombre y apellidos completos e indicar que es para participar en concursos de plazas docentes UGR.
  2. Atienda y responda a las indicaciones que se le puedan remitir por correo electrónico, sobre todo, de aporte de información o documentación necesaria.
  3. Cuando se le cree su cuenta de acceso temporal (usuario y clave) recibirá un correo electrónico de confirmación.
  4. Debe solicitar la creación de la cuenta temporal con una antelación mínima de 3 días hábiles antes de la finalización del  plazo de solicitud de este concurso de plazas; en caso contrario, UGR no le puede garantizar la creación de su cuenta temporal.

 ---

* Legislación como la Ley 39/2015, de 1 de octubre de 2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas de España.

** Si no puede comprimir su video a un tamaño inferior a 4MB puede subirlo a un repositorio en la nube (como GDrive) y enviarnos su enlace de descarga.

Normativa Aplicable

  • Ley 53/1984, de 26 de diciembre, en materia de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas («BOE» núm. 4, de 4 de enero de 1985)
  • Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social
  • Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos
  • Real Decreto 898/85, de 30 de abril, sobre Régimen de Profesorado Universitario y posteriores modificaciones del mismo
  • Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, por el que se regula la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso a plazas de dichos cuerpos.
  • Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público
  • Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la ley andaluza de Universidades, y su posterior modificación mediante Decreto-ley 8/2023, de 24 de octubre, por el que se modifica el artículo 40 del Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades
  • En su caso, Normativa de aplicación de la Universidad de Granada que regula el procedimiento de los concursos de acceso a los cuerpos docentes universitarios, aprobada en Consejo de Gobierno de la Universidad de Granada el 27 de septiembre de 2011, publicada en el BOJA de 10 de octubre de 2011
  • En su caso, Normativa para la regulación de los concursos de profesorado contratado doctor en la Universidad de Granada aprobada en Consejo de Gobierno de 24 de julio de 2018
  • En su caso, Acuerdo sobre criterios generales de valoración de méritos para la contratación de profesorado contratado no permanente (Profesores Ayudantes, Profesores Asociados y Profesores Ayudantes Doctores) de la Universidad de Granada, aprobados en la sesión ordinaria del Consejo de Gobierno de 24 de julio de 2018, y su posterior modificación aprobada en Consejo de Gobierno de 2 de octubre de 2023.
  • En su caso, Primer Convenio Colectivo del personal Docente e Investigador con contrato laboral de las Universidades Públicas de Andalucía, publicado en el BOJA de 9 de mayo de 2008
  • Normas provisionales para adaptar el modo de elección de las comisiones de selección y evaluación, respectivamente, y los criterios de valoración para los concursos a cuerpos docentes universitarios y a plazas de profesorado permanente laboral a la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del sistema universitario, aprobado en Consejo de Gobierno de 21 de junio de 2024

Unidad responsable

Servicio de PDI y Servicio de Ordenación Académica

C/ Santa Lucía, nº8 (S.PDI) y Hospital Real, Avda. del Hospicio s/n (S.ORD)
18071 Granada
Teléfonos: 958 24 84 95 (S.PDI) y 958 24 85 54 (S.ORD)
Correos electrónicos: serviciopdiugr.es y voapugr.es