No
Deben incorporarse obligatoriamente:
-Los documentos acreditativos de todas las circunstancias económicas, sociales, familiares y/o personales alegadas en formato PDF según se indica en la descripción del procedimiento.
(No los firme previamente. Serán firmados y registrados en sede electrónica en el momento de su envío)
Los establecidos en la convocatoria anual.
Permitir, al estudiantado matriculado en Grado y Máster, solicitar la correspondiente ayuda social.
El estudiantado que desee solicitar la ayuda de carácter social debe seguir los siguientes pasos:
Comprobado que la persona solicitante cumple los requisitos económicos establecidos en la Convocatoria para la concesión de la Ayuda Social, la Subcomisión de la Comisión de Becas Propias, valorará especialmente, para la determinación de la cuantía, circunstancias familiares y/o personales que queden debidamente acreditadas.
De igual forma, para valorar las solicitudes, también se tendrán en cuenta los resultados obtenidos por el estudiante en los cursos anteriores, siendo los siguientes criterios académicos los que se tendrán en cuenta :
El procedimiento concluirá con la notificación de la concesión o no de la ayuda social a la persona interesada, a través de su acceso identificado.
El estudiantado que esté matriculado en la Universidad de Granada, en enseñanzas conducentes a la obtención de alguno de los títulos oficiales de Grado o Máster, recogidos en el catálogo de titulaciones oficiales aprobado por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.
Solicitud a través de la sede electrónica de la Universidad de Granada:
Espacio V Centenario. Av. de Madrid s/n.
18071 – Granada
958 24 40 26 - 958 24 12 70 - 958 24 15 20 - 958 241000 ext 20102
atencionsocial
ugr.es