Becas MEC: Renuncia o Petición de baja
Estudiante
Becas y ayudas
Iniciar el procedimiento:
Requiere abono de tasas:
No
Documentación adjunta a mi solicitud:
Opcional
Plazos:
En cualquier momento
Datos generales
Objeto del procedimiento
Presentar la renuncia o petición de baja de su solicitud de beca de convocatoria general del Ministerio de Educación y Formación Profesional
Breve descripción del procedimiento
La persona solicitante podrá renunciar o dar de baja la beca por haber anulado la matrícula, por incompatibilidad con otras becas o por cualquier otro motivo que estime oportuno y que conlleve la no utilización del importe recibido para estudiar en el curso en el que previamente se ha matriculado, y seguir los siguientes pasos:
- Iniciar este procedimiento en la sede electrónica para:
- Rellenar el formulario.
- Anexar la documentación en PDF que considere oportuna.
- Una vez enviado, se firmarán y puede descargar una copia de su solicitud firmada y registrada electrónicamente.
La renuncia o baja es aceptada inmediatamente, como establece la convocatoria.
El Servicio de Becas iniciará el correspondiente expediente de reintegro si la renuncia o baja conlleva, en su caso, la devolución de la totalidad o parte del importe percibido.
Demás datos del procedimiento
Solicitantes
- La renuncia o la baja la debe solicitar el propio solicitante de beca de convocatoria general del Ministerio de Educación.
- La baja, no obstante, también puede realizarse de oficio por el Servicio de Becas una vez constatado que el alumno no está matriculado en la Universidad de Granada para el curso para el que ha solicitado la beca.
Forma de solicitud
Solicitud a través de la sede electrónica de la Universidad de Granada:
- Con certificado digital
- Con usuario y clave de acceso identificado de UGR
Normativa Aplicable
- Reglamento (UE) nº 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de julio de 2014 relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior (eIDAS)
- Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (GDPR)
- Ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza
- Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales
- Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
- Estatutos de la Universidad de Granada (Decreto 231/2011, de 12 de julio. BOJA nº147 de 28 de julio de 2011)
- Reglamento de Administración Electrónica de la Universidad de Granada (BOUGR nº 167 de 26 de marzo de 2021)
- Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas
- Resolución de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convocan becas de carácter general para el curso académico 2020-2021, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios
- Real Decreto por el que se establezcan los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio para el cursocorrespondiente.
- Resolución de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convocan becas de carácter general para el curso académico orrespondiente, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios.
Unidad responsable
Servicio de Becas (Becas MEC)
Vicerrectorado de Estudiantes y Empleabilidad
Espacio V Centenario. Avda. de Madrid, s/n - CP: 18012 Granada (Granada)
Teléfono: 958 24 93 94
Correos electrónicos: becasmec
ugr.es