Sí, según lo publicado en las Bases de su Convocatoria, por derechos de examen.
Los procesos de Concurso Público de contratación de Profesorado No Permanente requieren el aporte obligatorio de documentos (como el Curriculum) y una autobaremación que la persona solicitante debe realizar, en plazo y previo a esta solicitud, a través de este procedimiento: Acreditación de méritos
La documentación necesaria para cada tipo de plaza se indica en las Bases de su Convocatoria, siempre en formato PDF. Es habitual aportar el justificante de haber pagado los derechos de examen y, en su caso, otros documentos justificativos de discapacidad, familia numerosa, etc.
En los Concursos de Acceso para Funcionarios:
20 días naturales a partir del siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial correspondiente.
En los Concursos Públicos para Contratados:
10 días hábiles a partir del siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial correspondiente.
Procedimiento que permite solicitar la admisión a Concursos para plazas docentes en UGR, de Personal Docente e Investigador
Procedimiento que permite realizar la inscripción a los concursos de plazas para Personal docente.
Es un proceso de Acceso Libre y válido tanto para Personal Laboral/Contratado (Concursos Públicos) como Funcionario (Concursos de Acceso a Cuerpos Docentes).
Una vez se inicia la sesión en el procedimiento, se podrá elegir entre los concursos con plazo de inscripción abierto.
Puede encontrar más información de cada proceso particular en la web serviciopdi.ugr.es.
De la tramitación de las solicitudes de plazas de Profesorado Sustituto Interino se encargan en el Servicio de Ordenación Académica.
Del resto de plazas docentes, en el Servicio de PDI.
Poseer los requisitos establecidos en las Bases de su Convocatoria en el último día de plazo de presentación de solicitudes.
Solicitud a través de la sede electrónica de la Universidad de Granada:
Las notificaciones se realizarán mediante la publicación de las distintas fases de tramitación en la página web serviciopdi.ugr.es, salvo en aquellos supuestos que, por Ley, reclamación o impugnación, se tenga que realizar en soporte papel.
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La cuenta temporal se facilitará exclusivamente a aquellas personas que, por no ser nacionales o residentes en España, carezcan de los medios de identificación (sin DNI ni NIE) que la legislación* española establece para relacionarse por medios electrónicos con las administraciones públicas españolas. Toda aquella persona que esté en posesión de DNI o NIE cumple los requisitos para obtener un certificado digital válido, por ejemplo el certificado de persona física de la FNMT, por lo que no se le creará cuenta temporal.
Pasos a seguir en casos con derecho:
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* Legislación como la Ley 39/2015, de 1 de octubre de 2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas de España.
** Si no puede comprimir su video a un tamaño inferior a 4MB puede subirlo a un repositorio en la nube (como GDrive) y enviarnos su enlace de descarga.
C/ Santa Lucía, nº8
18071 Granada
Teléfono: 958 24 84 95
Correo electrónico: serviciopdi
ugr.es